Cada año 113 recién nacidos pasan a ser tutelados por la DGAIA

«La DGAIA o Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia es el organismo encargado de promover el bienestar de la infancia y la adolescencia en alto riesgo de marginación social, con el objetivo de promover el desarrollo personal y realizar una protección y tutela de los menores desamparados.«

Pues bien, de acuerdo con sus funciones, miles de menores catalanes anualmente acaban bajo estudio de posible desamparo por parte de la DGAIA.

Este hecho ha conllevado que cada año 113 recién nacidos pasen a ser responsabilidad de la DGAIA: 13 de ellos son por maltrato físico, 26 por maltrato psíquico y 74 son por actitudes negligentes de la familia. Respectivamente, cerca de 1.000 menores de edad catalanes pasan a ser tutelados por la DGAIA cada año.

Una estadística de los últimos 8 años (desde el 1 de enero de 2015 a 31 de diciembre de 2022) arroga unas cifras abrumadoras que determinan que la franja de edad de 0 a 2 años se considera como la más afectada con un total de 902 recién nacidos tutelados por la DGAIA, los cuales han recibido maltrato físico, psíquico o por negligencia familiar. A esta la siguen los menores de 15 y 16 años, que arrojan una cifra de desamparos de 785 y 751 respectivamente en los últimos 8 años.

Según el periódico ARA, durante estos 8 últimos años, 68 niños y niñas pasaron a manos de la DGAIA porque habían sufrido un abuso sexual en el entorno familiar, pero esta cifra no refleja la realidad, ya que, como afirma Luis Suarez de la FEDAIA para el mismo periódico, menores desamparados que habían llegado al centro por otro tipo de circunstancias verbalizaban comportamientos y situaciones compatibles con el abuso sexual, lo cual alteraría la estadística.

En estos 8 años, cerca de 8.000 menores de familias vulnerables han sido tutelados por la DGAIA, de los cuales 2.258 han sido devueltos a sus familias de origen debido a cambios en la situación familiar que generó el desamparo. Estas cifras demuestran que cerca del 30% de los menores en situación de desamparo acaban volviendo con sus familias de origen, las cuales deben cambiar la situación que condujo al desamparo en el plazo de 2 años para poder recuperar la tutela del menor, según el artículo 172.2 del Código Civil.

Para cualquier trámite o consulta relacionado con el contenido de esta noticia puede consultarnos, estaremos encantados de asesorarle en lo que necesite.

Fuentes: ARA

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