Descubre cuáles han sido las novedades en el Reglamento de Extranjería.
El pasado 16 de agosto entró en vigor la Reforma del Reglamento de Extranjería. Entre las novedades más destacadas encontramos: la facilitación de permanencia de los estudiantes en España y la actualización de las figuras de arraigo y formación. Además, los permisos de residencia que se renueven pasarán a ser de 4 años.
Novedades para los estudiantes
La modificación del artículo 42 del Reglamento ahora permite que los extranjeros que estudien en España puedan compaginar trabajo y formación siempre que sean compatibles y no superen las 30 horas semanales. Además, nada más acabar su formación podrán acceder directamente al mercado laboral.
Asimismo, se ha creado la figura del arraigo por formación que concede una autorización de residencia de 1 año a aquellos extranjeros que han permanecido en España durante al menos 2 años, siempre y cuando se comprometan a realizar una formación reglada para el empleo.
Figuras de arraigo y reagrupación familiar
Respecto a los extranjeros que quieran solicitar una autorización de residencia por: o (1) estar trabajando en España, o (2) tener una residencia mínima de 3 años y estar integrados en la sociedad española o (3) tener un familiar español, esto es lo que deberías saber:
En cuanto a la reagrupación familiar, se aminoran los medios económicos que necesitas para tener derecho a reagrupar a familiares en el caso de que uno de los miembros de la unidad familiar sea menor de edad. Además, el permiso habilitará al extranjero a trabajar por cuenta ajena y propia.