¿Puedo convivir con mi nueva pareja y mis hijos?
¿Puedo vivir con mi nueva pareja en la vivienda familiar tras el divorcio si tengo la custodia de mis hijos?
Cuando una pareja con hijos menores se divorcia, una de las cuestiones más delicadas a resolver es quién se queda con el uso de la vivienda familiar. Lo habitual es que esta se atribuya al cónyuge custodio, es decir, al que convive con los hijos. Pero, ¿qué pasa si ese progenitor inicia una nueva relación y quiere que su pareja se mude con él o ella a la vivienda?
Este escenario, cada vez más habitual, genera muchas dudas y también conflictos legales. La respuesta no es tan simple como un «sí» o un «no», porque dependerá de varios factores que hay que analizar caso por caso. Te explicamos lo esencial:
1. La vivienda se atribuye por los hijos, no por el cónyuge
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha dejado claro que la atribución del uso de la vivienda familiar no es un «premio» para el cónyuge, sino una medida de protección para los hijos menores. Por tanto, mientras estos sigan viviendo en esa casa y su bienestar no se vea comprometido, el progenitor custodio tiene derecho a usarla.
2. ¿Qué pasa si entra una nueva pareja a convivir?
Si bien no está prohibido que la nueva pareja conviva en la vivienda, esta situación puede alterar sustancialmente el uso y naturaleza del domicilio familiar. Y ahí es donde puede surgir un problema.
La convivencia con una nueva pareja puede tener consecuencias como:
- Un cambio en las circunstancias que justifique una revisión judicial de la medida.
- La posible pérdida del derecho de uso si se considera que el domicilio ha dejado de ser el «familiar» en sentido estricto.
- Conflictos con el otro progenitor, que puede alegar que la presencia de un tercero afecta a los menores o a su propio derecho como copropietario o titular de la vivienda.
3. ¿Qué dicen los tribunales?
El Tribunal Supremo ha dictado varias sentencias relevantes sobre este tema. En concreto, ha considerado que la entrada de una nueva pareja puede suponer un cambio sustancial que justifique la modificación del uso de la vivienda, especialmente cuando afecta al interés de los menores o altera el carácter familiar del inmueble.
En otras palabras: si la nueva convivencia desnaturaliza el concepto de «vivienda familiar», el progenitor no custodio podría solicitar la modificación de la sentencia y, en algunos casos, incluso lograr que se extinga el derecho de uso.
4. ¿Qué precauciones debes tomar si estás en esta situación?
- Antes de que tu nueva pareja se traslade contigo, valora los riesgos legales.
- Asegúrate de que su presencia no afecte a tus hijos ni genere un entorno inestable.
- Si es necesario, busca asesoramiento jurídico para actuar con previsión y evitar demandas o modificaciones perjudiciales.
Conclusión:
Vivir con una nueva pareja en la vivienda familiar es posible, pero no es una decisión sin consecuencias. Si estás en esta situación o prevés que puede surgir, lo mejor es asesorarte legalmente y actuar con responsabilidad, priorizando siempre el interés de tus hijos y evitando conflictos con tu expareja.
Desde Cuadrat Abogados, recordamos la importancia de mantener una buena relación entre los progenitores, para evitar conflictos familiares.