¿Qué hay hacer ante el incumplimiento del régimen de visitas?
Esta es una pregunta habitual que nos hacen los clientes: ¿Qué debo de hacer si el otro progenitor de los hijos en común no cumple con el régimen de visitas estipuladas en el convenio regulador?
El régimen de visitas se establece en el convenio regulador de la separación o del divorcio, o en un acuerdo de mediación. En dicho régimen se determina cuándo y cómo el progenitor no custodio podrá pasar el tiempo con sus hijos, con el objetivo de garantizar el derecho de los hijos a mantener una relación con ambos progenitores.
El incumplimiento puede manifestarse de diversas formas, como la negativa a permitir que un progenitor cumpla con el régimen de visitas acordado, la falta de presentación de los menores en los lugares y horarios estipulados o cualquier obstáculo que impida el ejercicio del derecho de visitas.
Cuando se produce un incumplimiento del régimen de visitas establecidas en una sentencia judicial o en un acuerdo de mediación, la parte afectada (es decir, el progenitor que debería haber tenido la visita) puede solicitar al juez la apertura de un procedimiento para exigir el cumplimiento del régimen de visitas. Esto podría incluir la solicitud de ejecución forzada de la sentencia.
En el supuesto caso de que el incumplimiento sea grave o reiterado, el otro progenitor puede solicitar una modificación del régimen de visitas, fundamentando que la situación actual no es la más adecuada para el menor mediante pruebas que sostengan y acrediten los argumentos expuestos en la demanda (por ejemplo, mensajes de WhatsApp, correos electrónicos, testigos, etc.)
Así pues, el juez puede adoptar diversas medidas, como por ejemplo la modificación del régimen de visitas en el futuro, la privación de la patria potestad, obligatoriedad de realizar mediación familiar o bien, imponer sanciones económicas o de otro tipo al progenitor que incumple.
Ahora bien, siempre es aconsejable intentar solucionar el problema mediante la vía amistosa acudiendo a vía de la mediación familiar, ya que es un sistema de resolución de conflictos alternativo a la vía judicial donde las partes tratan de solucionar los conflictos llegando a un acuerdo extrajudicial en beneficio de los hijos.
En resumen, para evitar el incumplimiento del régimen de visitas es importante establecer una comunicación fluida con el otro progenitor, y llegar a acuerdos en los que se respeten los horarios y el lugar de encuentro. En todas las decisiones que se tomen en estos casos, el interés superior del menor deber ser la consideración principal. Esto implica que cualquier medida o acción judicial debe buscar lo que sea mejor para el bienestar y el desarrollo del menor.
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